lunes, 14 de octubre de 2013

INCLUCION EN LA PARTIDA PRESUPUESTARIAS...ES UN DERECHO DE LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO

La ley 385-5 nos habla clara y precisa sobre el derecho de las organizaciones a recibir el presupuesto que les correspondes, pero pareciera que no es una prioridad para los organismos gestores de que esa condición se cumpla Entidades serias dirigida por comunitarios de probada valía como lo es la Asociación de Consumidores de la Provincia de Santiago ASOCOUPSA actualmente dirigida por el Señor Cesar Saviñon no estarán incluida en la partida presupuestaria del año 2014 no ostente con esta cumplir con todos los requisitos que la ley exige para ser beneficiada.

La Asociación de Defensa y Protección al los Consumidores y Usuarios de la Provincia de Puerto Plata ASOCUPP le exige a los funcionarios serios de nuestro país que gestionen el cumplimiento de esta designación porque de no ser así quedaríamos desprotegidas las demás asociaciones que son beneficiadas por dicha Asociación matriz Deberíamos de preguntarnos. 

¿Cual es el valor de las entidades seria que hacen su papel? Se querrá abrir una brecha en la cual el desorden y el caos imperen en torno a los derechos de los? Consumidores? Sin recursos la asociaciones estaremos en un limbo que haré susceptible al comercio de actividades malsanas e ilícitas. Sin recurso señores no habrá una efectiva y sistemática prevención. 

La asociaciones sin fines de lucro deben ser asistidas como estipula la ley y dejar sin efecto dicha asistencia permitiría el descalabro y la falta de prevención y educación seria el colapso y llevaría todo esto a dejar la autonomía Podríamos correr el riego que conlleva a la dependencia y ya no seria una libre programación sino la que el presupuesto de otros permitan.

Ajustémonos a la ley por un comercio libre de vicios y faltas que recaerían en deprimente del consumidor Nancy Baez Presidenta de ASOCUPP.

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